domingo, 27 de enero de 2008

Temas

Sí, claro que podemos debatir sobre el Mandato 002, aunque no corresponda estrictamente a lo que debe hacer la Asamblea. Pero, ya que está reemplazando al Congreso, habrá que analizar también este tipo de cosas.

Creo que, como siempre ocurre, este instrumento jurídico (que en el fondo equivale a una ley orgánica, y no entiendo por qué no la llaman así) tiene aspectos positivos y negativos. Sobre los primeros, me parece acertado ponerle un techo a la remuneración en el sector público y también limitar el monto de las indemnizaciones. Al fin y al cabo, todos somos los empleadores de los funcionarios y tenemos derecho a que se cuiden nuestros recursos.

Sobre los aspectos negativos, es poco lo que se puede añadir a lo que han dicho algunas voces especializadas, especialmente acerca de la no inclusión de la fuerza pública y el olvido de los contratos colectivos (que al parecer llevará a una reforma en los próximos días, ya que así lo ha decidido el presidente de la República).

Pero aparte de estos dos aspectos, me parece que hay otro que no se ha tocado y que tiene mucha importancia. Me refiero, al efecto que puede tener un techo único o general para todas las remuneraciones del sector público, cuando hay actividades que demandan mayores niveles de calificación y de experiencia. Es verdad que se ha dejado espacio para algunas salvedades, pero su definición final dependerá del reglamento, es decir, de algo que puede cambiar con el humor de los mandatarios de turno.

Creo que esto debió ser parte de la ley (del mandato), bajo la forma de una escala de remuneraciones claramente establecida. De esa manera, se habría hecho justicia en todos los sentidos y se habría impedido que en cualquier momento se cambie el espíritu del propio mandato cuando algún gobierno introduzca remuneraciones más altas por medio de sencillos cambios en el reglamento.

Creo que el apuro fue nuevamente el consejero y, de lo que hemos visto hasta ahora, parece que no es el mejor personaje para desempeñar esa función.

sábado, 19 de enero de 2008

Silencio

¿Se han dado cuenta del silencio que ronda por estos lados?

Todos -ustedes y yo- nos hemos quedado callados desde hace varios días. Puede ser cansancio, desidia, hartazgo o cualquier otra cosa.

Yo prefiero pensar que, dado que este blog trata de ponerle ojo-a-la-asamblea, y ésta nos ha dado pocos motivos para hablar, hemos optado por mantener un cuidadoso silencio.

Por mi parte no creo que la Asamblea no nos ha dado motivos para romper el silencio. No sé si ustedes comparten esta percepción, pero esta ausencia colectiva de palabras dice mucho del trabajo constituyente.

Va un mes de trabajo y no tenemos sobre qué comentar.

domingo, 6 de enero de 2008

La Asamblea itinerante

Desde esta semana se iniciarán los viajes de los asambleístas, programados para recoger las opiniones de la población. Me pregunto -y les pregunto- si tiene sentido hacerlo, y la única respuesta que encuentro es que depende del tipo de constitución que se quiera elaborar y de la función que quiera desempeñar la Asamblea.

Si se quiere hacer una constitución que establezca claramente derechos, garantías y libertades de las personas y que defina con precisión la organización del Estado, no sería necesario ningún viaje, porque esos aspectos no dependen de las demandas populares o por lo menos no se derivan directamente de ellas.

Por el contrario, si se quiere tener una constitución que se adentre en el terreno de las políticas públicas y que por tanto recoja allí todas las demandas inmediatas de la población, entonces tendrían sentido los viajes.

Así mismo, tendrían sentido si la función fundamental de los asambleístas sería la de legislar y no la de elaborar el texto constitucional.

Es obvio que estamos frente a un problema de decisiones y de definición de prioridades. Me temo que la mayoría ya ha tomado la decisión y que veremos como lo más normal que salgan a buscar insumos para la constitución allí en donde van a encontrar requerimientos de obra pública, de empleo y de servicios.

jueves, 27 de diciembre de 2007

¿Qué habría hecho?

Una breve respuesta a uno de los constantes animadores de este foro. Don Olafo me pregunta por lo que habría hecho yo en caso de encontrarme en el lugar de los asambleístas. Aunque no me gusta personalizar, creo que la pregunta es pertinente y sirve para aclarar algunos puntos.

Primero que nada, yo habría seguido al pie de la letra lo que señala el estatuto que fue aprobado por una mayoría abrumadora y contundente. Ese estatuto no le otorga los poderes que se ha arrogado la Asamblea ni le permite legislar, por tanto no habría hecho esas dos cosas.

Segundo, es obvio que habría procedido a la organización interna, pero estrictamente en ese campo, esto es, en lo interno. No habría tocado el tema del referéndum aprobatorio porque ese un mandato de la misma mayoría ciudadana y en virtud de eso es intocable.

Tercero, no me habría metido en lo de Dayuma, porque previamente no habría cerrado el Congreso ya que no me habría atribuido esos poderes. Eso es muy distinto a dejar de hacerlo, después de haberse arrogado esa función, porque encima de su cabeza pendía la amenaza de renuncia presidencial.

Finalmente, creo que el tema va más allá de lo personal, esto es, de lo que una u otra persona pudo haber hecho en esa situación. El tema de fondo es nuevamente el de las funciones y límites de la Asamblea.

Muchas gracias, Don Olafo.

sábado, 22 de diciembre de 2007

Las primeras tres semanas

Hagamos un mini balance.

En mi opinión, en las primeras tres semanas de actividad, la Asamblea ha hecho cuatro cosas.

Primera, definió sus límites. Con el Mandato Constituyente número 1, se colocó por encima de las instituciones establecidas y de la Constitución que estaba vigente hasta ese momento. Sin embargo, el presidente de la República se encargó de demostrar que esos límites eran más estrechos y que él estaba por encima de la Asamblea.

Segunda, se organizó internamente. Con la expedición del Reglamento interno definió su estructura, su organización y sus procedimientos. Además, incluyó allí las condiciones en que se desarrollará el referéndum en el que se pondrá a consideración la nueva Constitución. Esto no debía constar en este instrumento ya que no tiene nada que ver con su estructura ni con su funcionamiento y además no era facultad de la Asamblea ya que, al haber sido aprobadas por la ciudadanía (el mandante de la Asamblea) en la consulta de abril, era un mandato inapelable.

Tercera, resignó su facultad de tratar temas estrictamente políticos cuando se abstuvo de tratar los hechos de Dayuma. Aunque personalmente nunca estuve de acuerdo con que pudiera intervenir en este campo, considero que esa decisión contradice su propia declaración de plenos poderes y de sustitución del Congreso.

Cuarta, comenzó a legislar. El tratamiento de la nueva legislación tributaria ocupó toda la tercera semana de actividades. En este aspecto sí asumió las funciones que, en condiciones de vigencia del régimen democrático y del Estado de derecho, le corresponden al Congreso.

Lo que no ha hecho hasta el momento es trabajar en los temas constitucionales. Nada sabemos acerca de la orientación que tendrá la nueva Constitución.

Por consiguiente, estamos frente a una situación bastante particular. Tenemos a una Asamblea elegida para hacer una nueva Constitución que no ha dado un solo paso en ese sentido, que se ha declarado de plenos poderes pero que no los ejerce a plenitud, que sustituye al Congreso pero sólo en los aspectos legislativos -no en los políticos- y que ha inaugurado una forma nueva de conflicto con el Ejecutivo.

Aparte de la preocupación por el retraso en la actividad central de la Asamblea, la de elaborar la nueva Constitución, todo lo vivido hasta ahora deja una gran incógnita sobre la vigencia de la Constitución y las leyes. No se sabe qué está y que no está vigente. Por tanto, no hay claridad sobre los derechos y garantías de los ciudadanos. Pero a la vez, la propia Asamblea puede verse en problemas cuando deba resolver conflictos con el Ejecutivo o con otras instancias estatales (como los municipios y consejos provinciales) ya que no sabrá a dónde debe acudir para hacerlo. Lo peor que podría ocurrir en ese caso sería que se deje la solución en manos de la fuerza.

domingo, 9 de diciembre de 2007

Amenaza de renuncia

El Presidente de la República expresó que si la Asamblea Nacional Constituyente contradice las acciones del Gobierno para sacar al país de la anarquía, dijo “yo me voy a la casa porque así no se podrá gobernar al país”.

Así (con esa pésima redacción) recogió la página Web de la Presidencia de la República las palabras del Presidente Correa en su cadena del sábado 8 de diciembre.

Un medio de prensa (El Universo) transcribió otra parte de la intervención presidencial de esta manera:

Si se declara la amnistía para esos presos renuncio a la Presidencia, no vamos a
permitir que siga la impunidad

No sé qué opinen ustedes, pero a mi parece que este tipo de presión deja sin efecto los famosos plenos poderes de la Asamblea. Estos se acaban en el punto exacto en que el Presidente no está de acuerdo con las decisiones que ésta tome. La amenaza de renuncia le pone a la Asamblea en una condición real de subordinación con respecto al Presidente.

sábado, 8 de diciembre de 2007

Estatuto y reglamento

La primera semana de labores de la Asamblea ha estado dedicada al debate de su reglamento interno. Es inevitable que así sea, ya que todo órgano colectivo debe contar con reglas claras para organizar su trabajo. El reglamento debe definir los procedimientos para los debates y la manera en que se tomarán las decisiones, además debe establecer las medidas disciplinarias para regir la conducta de sus integrantes. Es, en términos deportivos, el trazado de la cancha y la definición de las reglas del juego.

Hasta ahí todo bien. Pero si vemos lo que se discutió en las últimas horas encontraremos que la Asamblea fue más allá de esa forma de entender al reglamento interno y entró en conflicto con lo establecido en el estatuto que dio vida a la propia Asamblea. Me refiero a la propuesta que han hecho algunos asambleístas del grupo gubernamental para incluir en el reglamento las disposiciones acerca del referéndum que se deberá realizar para aprobar o negar el nuevo texto constitucional. Ellos han propuesto que ese referéndum se defina exclusivamente por los votos válidos y no por el total de votantes.

En mi opinión en esto hay dos problemas de fondo. El primero es que el reglamento no tiene porqué tratar este tema. Es un reglamento interno, que debe normar el funcionamiento de la Asamblea, pero que no debe ir un solo paso más allá. Al incluir el tema de la forma de contar los votos en el referéndum está excediendo el carácter de ese reglamento y está sustituyendo al estatuto.

El segundo problema es que el estatuto establece claramente que se contarán todos los votos emitidos (favorables, en contra, nulos y blancos). En el reglamento, por el contrario, se propone contar solamente los válidos (favorables y en contra), lo que puede tener efectos decisivos en términos del resultado.

El tema de fondo en todo esto es que el pueblo ecuatoriano aprobó el estatuto de manera directa, en el referéndum del 15 de abril. Por tanto, lo que está escrito en él constituye la expresión de la voluntad popular. Si se lo cambia, como se ha pretendido en estos días, se estaría desconociendo esa decisión soberana del pueblo. Además, se lo estaría haciendo con un instrumento jurídico de inferior categoría, ya que el estatuto está por encima del reglamento.

A mí me parece un mal comienzo.